El inmueble identificado como Circunscripción 1,Sección 1, Manz. H, Parcela 135 b1, Padrón D-378; Matrícula D-16980, como así también el inmueble individualizado como Circunscripción 1, Sección 1, Manz. H, Parcela 135 b3, Padrón D-3669, Matrícula D-16982, ambos ubicados en calle Miguel Araoz esquina Güemes
FUERON SIEMPRE Y SON PROPIEDAD PRIVADA cuyo dominio les corresponde a 8 personas.-
Una de las copropietarias adquirió 1/8 parte de cada uno mediante subasta pública correspondiente al Expte. Judicial Nº B-10582/96, caratulado: Banco de la Provincia de Jujuy c/ Pérez Rodriguez, Francisca del Carmen” y fue puesta en posesión de los inmuebles por Orden del Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 6 de la Provincia de Jujuy en el año 2010.
La Municipalidad de San Pedro de Jujuy NUNCA FUE PROPIETARIA de esos terrenos y ninguno de los anteriores Intendentes creó instrumentos legales “Decretos” o “Convenios” con objeto especifico en estos inmuebles que permitan al actual D.E.M. ejercer derechos sobre los mismos, sin perjuicio de ello, el Ejecutivo realizó gestiones en el marco del consenso para que la misma siga siendo una plaza, persistiendo la solicitante con las acciones legales y logrando ejercer los actos conservatorios del inmueble en condominio, por ese motivo ella procedió al cerramiento perimetral y no se pudo impedir.
LA MUNICIPALIDAD RESPETA EL DERECHO A LA PROPIEDAD PRIVADA (Art. 17 de la C.N.) Y TODOS LOS DERECHOS DE LOS VECINOS, ESA ES LA VERDAD Y SE INFORMA CON DOCUMENTACION REAL.
Fuente: Dirección de Prensa y Difusión – San Pedro de Jujuy