CLAVES DEL PROYECTO PARA QUE LOS USUARIOS PUEDAN INYECTAR ENERGÍA RENOVABLE A LA RED ELÉCTRICA
El diputado nacional Juan Carlos Villalonga presentó en el Congreso un proyecto de ley de Generación Distribuida, cuyo objetivo es incentivar a los redisentes particulares para que instalen paneles solares que permitan tomar la radiación del sol para convertirla en electricidad.
La iniciativa estipula que todos los usuarios finales de energía eléctrica que dispongan de equipamiento de generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables (por ejemplo, un panel solar) podrán inyectar la energía sobrante que generen a la red de distribución con la que tengan contratado su servicio.
Es importante destacar que no serán sujetos de esta ley, los grandes usuarios del mercado eléctrico mayorista ni tampoco las grandes demandas que sean clientes de los prestadores del servicio público de distribución o de los agentes distribuidores, con demandas de potencia iguales o mayores a trescientos kilovatios (300 kW).
Es decir que sólo podrán volcar energía limpia a la red los pequeños contribuyentes. Además, estos últimos no podrán equiparse para generar energía eléctrica distribuida a partir de fuentes renovables con fuentes que superen los 30 KW de potencia instalada.
Paralelamente, el proyecto de Villalonga (diputado de Cambiemos, ex titular de Greenpeace) busca apoyar la adquisición del equipo renovable y, al mismo tiempo, darle la posibilidad de que amortice en un tiempo razonable la fuente limpia.
Este punto es de particular importancia ya que para abastecer el consumo promedio de una vivienda sin aire acondicionado se necesita un equipo de paneles solares de 1500 vatios nominales, que sale alrededor de $70.000
Por esta razón, los usuarios recibirán una tarifa de incentivo por cada kilowatt-hora que entregue a la red de distribución. El valor de la tarifa de Incentivo será establecido por el Ministerio de Energía y Minería de la Nación y tendrá una vigencia de cinco años a partir del momento en que el distribuidor instala el equipo de medición correspondiente.
La tarifa de incentivos se se traduce en que durante ese período el Ministerio de Energía otorgará una tarifa promocional para que el contribuyente venda la energía a un precio que pueda aproximarse a la amortización del costo del equipo renovable, luego del cual el precio caerá.
El texto señala además que una vez transcurridos el plazo de cinco años, el valor de la energía entregada a la red de distribución por parte del usuario será idéntico al valor que comercializa el distribuidor.
Fuente: Télam