El Municipio de San Pedro de Jujuy en cumplimiento de lo estipulado por Carta Orgánica Municipal, debe convocar a los electores a elegir un Intendente, cuatro Concejales titulares y tres suplentes.
Este llamado deberá efectuarse de conformidad a la normativa vigente artículos 54, 55, 56, 57 y 58 del Código Electoral de la Provincia ley 4164/85 y sus modificatorias los artículos 178 y 183 de la Constitución Provincial y conteste con la Constitución Nacional, como así también al artículo 2º) apartado 3º del Decreto Provincial Nº 8840-G-2019.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Carta Orgánica Municipal Artículos 131, 134, 135 inc. 7, 271, 272, 273, 274 y concordantes.
El Intendente Municipal Julio César Bravo decreta: Artículo 1º: Convocase al Cuerpo Electoral de ciudadanos argentinos, del Municipio de San Pedro de Jujuy y a los Extranjeros inscriptos en el Padrón Electoral de esta Municipalidad, a elegir el día 9 de junio del año 2019 un Intendente, cuatro Concejales titulares y tres Concejales suplentes artículo 57 ley 4164/85.
El Decreto fue refrendado por los Secretarios de Gobierno Marcelo Ariel Castro, Hacienda Enrique Yapura, Obras, Servicios Públicos y Medio Ambiente Hugo Sammán, y Desarrollo Humano Gisel Bravo.
Fuente: Dirección de Prensa y Difusión – San Pedro de Jujuy